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POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE CONSUMO DE TABACO, ALCOHOL Y DROGAS

Actualizado: 23 may


La empresa MUNDO VERDE SALUD GOURMET S.A.S, en desarrollo del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, comprometida con la prevención de los riesgos ocupacionales, define su compromiso con la prevención del consumo de alcohol y drogas (fármaco y drogodependencia, alcoholismo y tabaquismo), a través de las

directrices enunciadas a continuación:


1. La empresa MUNDO VERDE SALUD GOURMET S.A.S, desarrollara un programa permanente de prevención de consumo de alcohol, tabaco y drogas en el cual participaran todos los colaboradores de carácter obligatorio. Su ejecución forma parte del trabajo que desarrolla la empresa en el cumplimiento del SG-SST.


2. La empresa MUNDO VERDE SALUD GOURMET S.A.S, asignara los recursos necesarios que aseguraren el desarrollo del programa de prevención del consumo de alcohol, tabaco y drogas.


3. La empresa MUNDO VERDE SALUD GOURMET S.A.S, reconoce que el consumo de alcohol y drogas es una condición medicamente tratable, en consecuencias orientara a sus colaboradores en el tratamiento que corresponde, en coordinación con la EPS a la cual se encuentran afiliados, cuando sea requerido.


4. La empresa MUNDO VERDE SALUD GOURMET S.A.S, encaminara todo su esfuerzo a la búsqueda de soluciones al consumo de alcohol. Tabaco y drogas de sus colaboradores y así evitar que se produzcan problemas derivados del mismo, suministrándole un trato respetuoso, confidencial y sin discriminación para que logren recuperar su salud y continuar siendo productivos.


5. La empresa MUNDO VERDE SALUD GOURMET S.A.S, establecerá como prioridad la promoción de actividades tendientes a sensibilizar, inculcar, prevenir, controlar y reducir el consumo del tabaco, alcohol y drogas psicotrópicas, y crear mecanismo de ayuda con el fin de evitar este tipo de conductas.


6. En los casos especiales en los que se requiere organizar un evento empresarial o atender a visitantes o clientes, se tomaran las precauciones necesarias para que no se consuman este tipo de sustancias dentro de las instalaciones y no se comprometa la seguridad de los colaboradores ni de terceros.


7. Asegurar el cumplimiento de esta política es responsabilidad de todos los colaboradores, jefes de área, contratistas y proveedores cuando aplique.


8. Es importante aclarar que si bien es cierto que la empresa promueve esta política, los empleados deberán cumplir con el reglamento interno de trabajo y específicamente en el artículo 45 Numeral 2. « Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo el influjo de estupefacientes, narcóticos, drogas, enervantes o sustancias sicotrópicas o permanecer en tales condiciones en las instalaciones o dependencias de la empresa; consumir licor, estupefacientes, narcóticos, drogas enervantes o sustancias sicotrópicas en el trabajo; presentarse al trabajo con síntomas de haber ingerido licor, estupefacientes, narcóticos, drogas enervantes o sustancias psicotrópicas.»


9. Así mismo, se deja contemplado si un colaborador con un cargo critico o de alto riesgo el cual su vida pueda verse comprometida o la de los demás, se presenta bajo los efectos del alcohol y/o drogas no medicadas, la empresa le solicitara iniciar tratamiento con la EPS y se le hará seguimiento al mismo de acuerdo con lo contemplado en el decreto 1072 de 2015, capitulo 6 articulo 2.2.4.6.10, responsabilidades de los colaboradores numeral 3 «cumplir con las normas reglamentos e instrucciones del SG-SST de la empresa», por lo cual la empresa hará seguimiento y acompañamiento a cada caso.

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